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94 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
UNA TIPICA ORGANIZACION NAZI
Los «Establecimientos Klóckner»
Fuera de las limitaciones prescriptas por las
leyes número 9.688 y 11.317, de seguridad e hi-
giene de las fábricas y reglamentaria del trabajo
de mujeres y menores, salvo convenios contrac-
tuales entre obreros y empleadores, nuestra le-
gislación deja al dueño de la empresa en absoluta
libertad para ocupar trabajadores en sus esta-
blecimientos industriales. Este hecho permite
que, en algunos de ellos se implanten regímenes
internos inspirados en concepciones disciplina-
rias foráneas, particularmente del tipo totali-
tario.
En gran número de establecimientos indus-
triales de nacionalidad alemana rigen severas
disposiciones internas de trabajo y admisión,
frente a cuyas exigencias nada pueden hacer las
autoridades competentes. Un caso típico de or-
ganización nazi, es el de los establecimientos
Kláckner, empresa de la que la comisión se ha
ocupado en un capítulo anterior, con motivo de
la sanción aplicada por el Departamento Nacio-
nal del Trabajo, por infringir la ley núme-
ro 11.278 (de pago de salarios en moneda na-
cional).
Ese establecimiento tiene un reglamento in-
terno (ver apéndice N9 LXXXI), realmente
desusado. Su artículo 19 establece que para in-
gresar a la empresa se requiere certificado de
buena conducta expedido por la Policía de la
Capital, y más adelante, entre otros recaudos,
impone a los aspirantes munirse de una reco-
mendación extendida por dos obreros o personas
de confianza de la fábrica, que se responsabilicen
por el comportamiento y los daños y perjuicios
que pueda ocasionar durante su empleo. A nadie
escapa que la «certificación» de la buena con-