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CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 119
tudes que podrían adoptar en su país de origen, estime corresponder; 39 Se dé intervención al pro-
exhibiendo en lugares públicos símbolos y pabellones curador fiscal de turno, por cuanto la actuación del
extranjeros, hasta con prescindencia de nuestra ban- denunciante, Enrique Jürges, puede entrañar la co-
dera; celebrando actos en que se corean himnos ex- misión de delitos.
tranjeros: adoptando formaciones al estilo de las orga- Quiera vuestra señoría así disponerlo. - Víctor J.
nizaciones guerreras de sus países originarios; vis- Paulucci Cornejo.
tiendo uniformes con signos de graduación personal F' INSTANCIA, - Buenos Aires, mayo 6 de 1939. -
que los dividen en jefes y subordinados, siendo los Considerando: 1 9 Que con motivo de haberse remi-
primeros impuestos desde el exterior a la agrupación, tido al presidente de la Nación una carta firmada
como asimismo las normas de ejecución de sus pro- por Enrique Jürges con la que se acompañaba, al
gramas decir del firmante, ,,una prueba fehaciente de acti-
Se observa, asimismo, una absoluta prescindencia vidades nazis, consistente en una copia fotoestática
del idioma nacional en todas las manifestaciones ver- de una carta secreta que se remitiera a la dirección
bales y escritas. Las conferencias y discursos, la pren- del partido nazi en Alemania, la que se refería a
sa periódica, la correspondencia epistolar, las actas, suministros de informes de actividades nacionales y
publicaciones, reglamentos e instrucciones, son siem- contenía expresiones agraviantes a la soberanía ar-
pre pronunciados o redactados en idioma extranjero, gentina, la Policía de la Capital inicia una investi-
cuyo uso exclusivo aparece como obligatorio, al punto gación dando cuenta de ello al juzgado, que ordena
de oue ni siquiera en los sellos, timbres ni membretes, la instrucción del correspondiente sumario,
se admita el idioma nacional. Basta recordar la enor- 29 Que los extremos a comprobar en esta investi-
me importancia del lenguaje como vehículo de unión, gación han sido, primeramente, verificar la autenti-
para definir el peli qro que ofrecen tales prácticas y cidad del documento fotográfico a fin de determinar
la ureencia de suprimirlas. la responsabilidad del presunto autor como reo del
XXIX. En los párrafos que preceden he desta- delito definido por el artículo 219, Código de Proce-
cado nue los partidos,, de extranjeros desacatan la dimientos y en segundo término constatar la exac-
soberanía argentina, desvirtúan los principios básicos titud de los hechos expresados en ese documento,
y de nuestra Constitución, perturban la tranquilidad con prescindencia de su autenticidad, dado que la
pública y obstaculizan la asimilación de las corrientes existencia de los mismos, podría constituir actos que
inmigratorias. afectaran los intereses de la Nación, y caer, por ende,
De esas conclusiones fluye la urgencia de que los dentro de las sanciones del Código de Procedimientos.
poderes nacionales, velando por la soberanía, por la 39 Que a los efectos de verificar la autenticidad
unidad étnica, por la tranquilidad y progreso del de que se habla, la instrucción ha tomado en consi-
p
país, com leten las medidas necesarias para eliminar deración los siguientes elementos de juicio: a) De-
tan indeseables actividades. Con ello se habrán sal- claración del acusado; b) Pericia escopométrica; e)
vado las omisiones puntualizadas y se habrá llevado Elementos corroborantes a aportar por el denun-
a la conciencia de todos —nativos o extranjeros— que ciante y el examen de documentos secuestrados en
los principios fundamentales de nuestra organización los allanamientos realizados en las sedes principales
han de ser mantenidos, cualesquiera que fueren las de la organización nacionalsocialista,
actividades que intenten asumir quienes ni los com- a) Que el procesado Alfredo MUller, jefe interino
prenden, ni los valoran, ni sienten, siquiera, la gra- del Partido Nacionalsocialista Alemán en la Argenti-
titud que ha debido inspirarles la hospitalidad con na, en su declaración indagatoria prestada ante este
que se les ha acogido. juzgado, ratifica su impugnación al contenido de la
carta y pone en duda el reconocimiento de la firma,
Convicciones nacionales manifestando que, de ser suya, ella debió ser puesta
ea el documento, por un truco fotográfico.
XXX. - No terminaré este escrito sin expresar la Ante esta declaración queda descartado este me-
convicción de que ni el gobierno ni el pueblo argen- dio como conducente, a la verificación de la men-
tinos han abrigado nunca ninguna duda, ninguha cionada autenticidad.
desconfianza para con ningún gobierno ni pueblo b) Que el comisario Belaunde, perito designado
extranjeros. Está en nuestra conciencia que todos los por este juzgado para el examen escopométrico de la
pueblos y gobiernes sólo sienten afecto por la Repú- fotografía, llega a la conclusión de que no es po-
blica Argentina y que, a justo título, podemos decir- sible abrir juicio sobre la autenticidad de las firmas
nos sus hermanos. Idéntica convicción nos vincula que suscriben el documento fotográfico, cabeza de
con la gran masa extranjera radicada en el suelo este sumario, por no ser elemento idóneo para la
patrio que, ajena a tan artificiales perturbaciones, realización de la pericia escopométrica,,. Acompaña,
tanto ha colaborado en la obra del progreso nacional; además, a su pericia, elementos demostrativos de la
cuyos sentimientos nos acompañan en el culto de posibilidad de efectuar trucos fotográficos, los que
nuestras tradiciones, en la adhesión a nuestras liber- relaciona y trata el procurador fiscal en su prece-
tades, a nuestros ideales de cultura y trabajo, a nues- dente dictamen.
tros anhelos de paz y justicia. Ante tal conclusión es forzoso concluir que la pe-
ricia no decide si el documento de foja 4 es auténtico,
Petitorios c) Que ante tal resultado se llama al denunciante
Enrique Jürges repetidas veces ante este juzgado, a
XXXI. - Por lo expuesto a vuestra señoría pido: efectos de que aporte los elementos necesarios para
19 Se sobresea provisionalmente en esta causa y con verificar la autenticidad de su denuncia y el esclare-
resoecto al prevenido Alfredo Müller, en cuanto al cimiento de los hechos que se investigan; el nom-
delito que castiga el artículo 219, Código de Proce- brado Jürges que es de nacionalidad alemana, que
dimientos; 2 0 Se ponga en conocimiento del Poder no tiene profesión ni empleo, es enemigo del sistema
Ejecutivo lo actuado en esta causa, a los fines que político imperante en Alemania, que ha sido subjefe