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CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
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                                           .La influencia de la escuela oficial, además, es
                                          resistida por estas otras en toda forma, a tal
                                          punto que la mayoría de los niños que concurren
                                          a las segundas no asisten a las del Estado e igno-
                                          ran hasta el idioma nacional. Dos hechos, por de-
                                          más elocuentes, darán una idea a vuestra ex-
                                          celencia del perjuicio enorme que están produ-
                                          ciendo estos colegios entre los hijos de extran-
                                          jeros nacidos en la Argentina Y que, por lo tanto,
                                          son argentinos. El juez de paz de Guatraché ha
                                          debido recurrir a un intérprete para enrolar a
                                          un ciudadano nativo, hijo de alemán, y en la
                                          Colonia La Juanita', los vecinos solicitaron per-
                                          miso para dictar clases de  alemán  p religión en
                                          el local de la escuela nacional número 264 mani-
                                          festando que la enseñanza se impartiría en idio-
                                                                             chicos
                                          ma alemán por  ser el que mejor conocen
                                                    y el Consejo Nacional de Educación
                                          p grandes,
                                          dió curso al pedido en lugar de mandarlo sin
                                          más trámite al archivo.
                                            .Dejar que estas escuelas continúen funcionan-
                                          do en las condiciones en que ahora lo hacen,
                                          equivaldría, señor ministro, admitir la formación
                                          paulatina de colonias extranjeras dentro del
                                          país, que llegarían un día a constituir un país
                                          dentro de otro.'
                                         Termina el gobernador sugiriendo la conve-
                                       niencia de dictar una resolución de carácter
                                       general, recordando al mismo tiempo, que todas
                                       las escuelas funcionan sin llenar las exigencias
                                       del artículo 70 de la ley número 1.420 de edu-
                                       cación común.
                                         Consecuencia inmediata de la denuncia for-
                                       mulada más arriba, fué el decreto dictado por
                                       el Poder Ejecutivo el 8 de mayo de 1938, regis-
                                       trado bajo el número 4.071, por el Ministerio
                                       de Justicia e Instrucción Pública, en mérito a
                                       las comprobaciones verificadas por el inspector
                                        de enseñanza secundaria señor Florián O. Jaime
                                       y el visitador de escuelas del Consejo Nacional
                                        de Educación señor Carlos H. Laguzzi. Conviene,
                                        sin embargo, señalar que en los casos particu-
                                        lares denunciados por el ex gobernador Vira-
                                        soro, las autoridades conetentes no adoptaron
                                        resolución alguna.

                                                Cargos del gobernador actual
                                          Transcurrido año y medio desde la denuncia
                                        del ex gobernador Virasoro, su sucesor envía al
                                        señor ministro el 9 de agosto de 1940 una nota
                                        en la que se afirma, entre otras cosas, que, no
                                        obstante lo acertado de las medidas recomen-
                                        dadas por el decreto número  4.071 y las dic-
                                         tadas por el Consejo Nacional de Educación en
                                         la sesión del 28 de septiembre de 1938:
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