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CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
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                                     .Hay, sin duda, ligereza en la información  téc-
                                   nica, lo que pareciera ser desusado en un fun-
                                   cionario que nos señala, siempre en la misma fo-
                                   ja, que al considerar un volumen preparado para
                                   la enseñanza primaria por la Asociación del Pro-
                                   fesorado Alemán en la Argentina ,se expidió con
                                   parsimonia, haciendo notar algunas omisiones in-
                                   explicables-
                                     «La verdad es que los tales programas no sa-
                                   tisfacen de ninguna manera las reglamentacio-
                                   nes en vigencia, y mucho menos el artículo 49
                                   de la reglamentación del 28 de septiembre de
                                   1938... Como, a pesar de tratarse de un asunto
                                   de indiscutible gravedad, la opinión del señor
                                   Caccia no puede influir en la decisión que se
                                  adopte, esta Inspección General considera que
                                  no es del caso proponer ninguna medida expre-
                                  sa, habiéndose concretado a indicarle que debe
                                  informar los asuntos que se le someten a estu-
                                  dio con toda propiedad y claridad.,
                                 En virtud de los considerandos señalados y
                               en atención a las comprobaciones aportadas por
                               el subinspector general Eduardo Moyano, la Ins-
                               pección General aconseja:

                                  419 Disponer la clausura del curso de idioma ale-
                                     mán que funciona en el local de la Ludwig
                                     Uhland Schule, calle Universidad 1260, de
                                     acuerdo al artículo  70  de la resolución del Ho-
                                     norable Consejo del 28 de septiembre de 1938;
                                ,2 Cancelar la autorización para ejercer la ense-
                                     ñanza privada en la Capital Federal y terri-
                                     torios nacionales que les fuera concedida por
                                     el Honorable Consejo a los señores Adolfo
                                     Messer, Oscar Zollhófer y Enrique Schinkel;
                                 .39 Anotar en los antecedentes de la M. N. N. se-
                                    ñorita Lily Rosa Rhenius la falta de cumpli-
                                    miento en que ha incurrido como maestra de
                                    idioma alemán de la Ludwig Uhland Schule..

                                 El expediente de referencia fué iniciado el 9
                               de octubre de 1940, y,  no obstante los informes
                               producidos por el subinspector general Eduardo
                              Moyano y la Inspección General de Escuelas
                              Particulares, hasta el presente no tiene cono-
                               cimiento la Comisión que el Consejo Nacional
                               de Educación haya adoptado resolución defi-
                               nitiva alguna.
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