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CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 9
tores y de otros elementos de la población, me
ha dado oportunidad hace un año de convo-
car una asamblea de críticos. En esta asamblea
les he dado la ocasión a los críticos alemanes,
de discutir ampliamente con los representantes
del arte alemán del probema de la crítica lite-
raria y artística, y, finalmente, expuse mi pro-
pia concepción de la crítica de una manera cla-
ra y explícita. Dado que durante el año 1936
la crítica literaria y artística no ha mejorado
suficientemente, a partir del día de la fecha
prohibo la continuación de la crítica literaria
y artística en su forma actual.»
En la parte resolutiva el decreto expedido
con este motivo, establece:
«En el futuro, toda crónica artística y litera-
ria será firmada con el nombre completo de
su autor. En el registro profesional de la pren-
sa alemana la función de redactor artístico y
literario estará sometida a una autorización es-
pecial que dependerá de la prueba de una
formación realmente suficiente en el domi-
nio del arte en el cual el redactor quiera
ejercer su actividad. Dado que es necesario una
cierta experiencia y madurez de juicio para 4
darse cuenta de las producciones artísticas y
literarias, los redactores artísticos y literarios
deberán contar 30 años de edad; antes de ser
admitidos en este dominio de la actividad de
la prensa alemana.»
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