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CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 85
impreso en papel de seda, que la comisión conside-
ra conveniente reservar por el momento. Este ha-
llazgo denunciado a la comisión por los técnicos de
referencia se hace contar en un acta especial que
firmaron los técnicos oficiales mencionados y que
se hallan en poder de la comisión.
La respuesta al ministro de Relaciones Exteriores
Para considerar todos estos hechos, la comisión re-
solvió invitar al señor ministro de Relaciones Ex-
teriores a la sesión que realizó esta tarde a las 16
horas. Pero el mencionado secretario de Estado es-
timó oue, dados los términos en él que había plan-
teado la cuestión, no debía concurrir; y, en respues-
ta a la invitación, envió a la comisión una nueva
nota, en la que invoca aquella causa como funda-
mento de su actitud y reitera el pedido de aue se le
entreguen los sacos de correspondencia diplomática,
o sea la estación de radiotelegrafía, los folletos, los
libros, las fotografías y demás elementos de propa-
ganda que tales bolsas contenían, para ser reinte-
grados, por intermedio del ministerio, a la Embajada
de Alemania. Debe entenderse que también figuraría
entre los elementos a devolver el documento que ve-
nia oculto en una de las piezas del transmisor y que
fué descubierto allí por los técnicos oficiales de la
Dirección General de Correos y Telégrafos.
La comisión señala estos antecedentes fundamen-
tales: el correo diplomático, o valija diplomática,
debe transportarse con intervención del correo; las
valúas no deben exceder de 20 kilos; el concepto de
valija diplomática está limitado a la corresponden-
cia; los envases o valijas deben tener cierre con lla-
ve, la cual debe hallarse en poder de los respecti-
vos ministerios de Relaciones Exteriores y represen-
taciones diplomáticas; para el transporte por avión,
el carácter de valija diplomática debe hacerse cons-
tar en la hoja de ruta. Ninguna de esas caracterís-
ticas tenían las bolsas en cuyo interior apareció la
estación transmisora de radiotelegrafía y demás ele-
mentos ya mencionados. Se hace notar, asiroismn. ene
las ordenanzas de aduana contienen disposiciones
—artículos 252, 253, 256 y 257— nue definen lafft
bién las condiciones de las franauicías diplomáticas,
dentro de las cuales no se concibe que puedan ca-
lificarse las bolsas de referencia.
No obstante todas estas circunstancias, la comisión,
ante i05 insistentes pedidos del Ministerio de Rela-
ciones Exteriores, ha resuelto poner a su disposición
los elementos que obran en su poder, significando
que no se trata de la presunta correspondencia a
que se refiere en sus notas —pues ella no existió
nunca—, sino de la estación transmisora de radiote-
legrafía, constituída por el transmisor, el eouipo de
transformador de corriente, válvulas, antenas, con-
densadores, manipulador, etcétera, en condiciones de
ser inmediatamente habilitada, según el informe técni-
co y los carteles, libros, folletos y fotografías de pro-
paganda detallados anteriormente, todo ello sin per-
juicio de pasar los antecedentes del caso a la jus-
ticia federal, en cuanto pudieran existir delitos o