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86	                     CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION

                                 infracciones que en cualquier forma o medida afec-
                                 ten a las leyes u ordenanzas de la Nación Argentina.
                                   De este comunicado se envía copia al señor mi-
                                 nistro de Relaciones Exteriores, como parte inte-
                                 grante de la nota en que la comisión contesta a las
                                 que él le envió con motivo de estas diligencias, reali-
                                 zadas por la comisión en el convencimiento de que
                                 así responde al mandato conferido por la Cámara
                                 para la defensa de las instituciones argentinas.
                                   Julio 28 de 1941.
                                  Nota de Ja comisión
                                                 Buenos Aires, agosto 4 de 1941.

                                 A su excelencia el señor ministro de Relaciones Ex-
                                   teriores y Culto de la Nación, doctor Enrique Ruiz
                                   Guiñazú.
                                   Acuso recibo de la nota de vuestra excelencia de
                                 fecha 2 del corriente, en la cual iniorma que el señor
                                 embajador de Alemania se ha dirigido al ministerio
                                 haciéndole notar que: da Comisión Investigadora ha-
                                 bló en sus primeras manjiestaciones sooie el con-
                                 tenido de los sacos substraídos y abiertos por ella
                                 ilegalmente, de Ooumentos que deb'an ser fotoco-
                                 piados, circunstancia que no hace aparecer como im-
                                 posiole el hecho de que efectivamente los bultos tam-
                                 bién contenían correspondencia diplomática,. Agrega                       1
                                 vuestra excelencia que a la cancillejía le interesa un
                                 Conocimiento exacto, de dicho punto para dejar debi-
                                 damente determinado ante la embajada el carácter
                                 del envío de referencia, presentado por ella como
                                 .correspondencia diplomática.
                                  La comisión que presido, en su sesión de la fecha,
                                 ha resuelto que al contestar la mencionada nota ex-
                                presa en primer término a vuestra excelencia que no
                                puede admitir bajo ningún concepto la calificación
                                 que hace la embajada y consiente el ministerio de
                                la diligencia que por su orden se practi.ó con los
                                sacos de que se trata, y luego, su profunda extrañeza
                                por Ja facilidad con que el ministerio a su cargo
                                parece aceptar denuncias de la Embajada Alemana
                                que los hechos de público conocimiento desvirtúan
                                de la manera más absoluta. La Comisión Investiga-
                                dora no ha formulado en ninguna oportunidad de-
                                claraciones aisladas sobre el contenido de los bultos
                                que la Embajada Alemana pretendió amparar en el
                                privilegio de .valija diplomática., violando abierta y
                                desem boza damente —es cierto que a favor de una
                                tolerancia deplorable— los compromisos contraídos
                                con la República Argentina sobre esa materia. La
                                Comisión Investigadora se refirió a la naturaleza y
                                contenido de los bultos —que el gobierno del Perú,
                                en sálvaguarda de su autoridad no permitió intro-
                                ducir en aquel país— en el comunicado dado a pu-
                                blicidad el lunes 28 de julio próximo pasido, y fuera
                                de esa información "no ha entregado ninguna otra re-
                                'lativa al mismo asunto. De ese comunicado tiene co-
                                pia autenticada el ministerio, de modo que no es
                                fácil explicar cómo, a pesar de tal antecedente, que
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