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86 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
infracciones que en cualquier forma o medida afec-
ten a las leyes u ordenanzas de la Nación Argentina.
De este comunicado se envía copia al señor mi-
nistro de Relaciones Exteriores, como parte inte-
grante de la nota en que la comisión contesta a las
que él le envió con motivo de estas diligencias, reali-
zadas por la comisión en el convencimiento de que
así responde al mandato conferido por la Cámara
para la defensa de las instituciones argentinas.
Julio 28 de 1941.
Nota de Ja comisión
Buenos Aires, agosto 4 de 1941.
A su excelencia el señor ministro de Relaciones Ex-
teriores y Culto de la Nación, doctor Enrique Ruiz
Guiñazú.
Acuso recibo de la nota de vuestra excelencia de
fecha 2 del corriente, en la cual iniorma que el señor
embajador de Alemania se ha dirigido al ministerio
haciéndole notar que: da Comisión Investigadora ha-
bló en sus primeras manjiestaciones sooie el con-
tenido de los sacos substraídos y abiertos por ella
ilegalmente, de Ooumentos que deb'an ser fotoco-
piados, circunstancia que no hace aparecer como im-
posiole el hecho de que efectivamente los bultos tam-
bién contenían correspondencia diplomática,. Agrega 1
vuestra excelencia que a la cancillejía le interesa un
Conocimiento exacto, de dicho punto para dejar debi-
damente determinado ante la embajada el carácter
del envío de referencia, presentado por ella como
.correspondencia diplomática.
La comisión que presido, en su sesión de la fecha,
ha resuelto que al contestar la mencionada nota ex-
presa en primer término a vuestra excelencia que no
puede admitir bajo ningún concepto la calificación
que hace la embajada y consiente el ministerio de
la diligencia que por su orden se practi.ó con los
sacos de que se trata, y luego, su profunda extrañeza
por Ja facilidad con que el ministerio a su cargo
parece aceptar denuncias de la Embajada Alemana
que los hechos de público conocimiento desvirtúan
de la manera más absoluta. La Comisión Investiga-
dora no ha formulado en ninguna oportunidad de-
claraciones aisladas sobre el contenido de los bultos
que la Embajada Alemana pretendió amparar en el
privilegio de .valija diplomática., violando abierta y
desem boza damente —es cierto que a favor de una
tolerancia deplorable— los compromisos contraídos
con la República Argentina sobre esa materia. La
Comisión Investigadora se refirió a la naturaleza y
contenido de los bultos —que el gobierno del Perú,
en sálvaguarda de su autoridad no permitió intro-
ducir en aquel país— en el comunicado dado a pu-
blicidad el lunes 28 de julio próximo pasido, y fuera
de esa información "no ha entregado ninguna otra re-
'lativa al mismo asunto. De ese comunicado tiene co-
pia autenticada el ministerio, de modo que no es
fácil explicar cómo, a pesar de tal antecedente, que