Page 14 -
P. 14
CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 15
cionalsocialiSmo al poder, se consideró necesa-
rio dar a este servicio del trabajo una severa
disciplina, y, por ley del 26 de junio de 1935
se fijan los fines de la organización. Según el
artículo 19 de la citada ley, «toda la juventud
alemana de ambos sexos tiene la obligación de
servir a su pueblo con el trabajo por el Reich.
El trabajo obligatorio debe educar a la juven-
tud alemana en el espíritu del nacionalsocialis-
mo, en la solidaridad popular y en la verdadera
comprensión del trabajo, en particular, tenien-
do especialmente en cuenta el trabajo manual».
Todo joven, antes de efectuar su servicio
militar, es incorporado a un campo de trabajo
donde cumple una jornada de seis horas dia-
rias durante seis meses. Los dirigentes nacio-
nalsocialistas al instituir este organismo persi-
guen dos móviles: perfeccionar la instrucción
física del futuro soldado, aumentando su fuerza
y resistencia a la fatiga y provocar la comunidad
de la población, colocando al obrero junto al
intelectual. En una publicación oficial, el par-
tido nazi concreta claramente su punto de vista,
afirmando que «los jóvenes son substraídos ab-
solutamente durante seis meses de sus amis-
tades, de su familia y de su profesión y reuni-
dos en un campo del Servicio del Trabajo para
llevar una vida común en trabajos comunes».
Juramento de fidelidad
Por el artículo 13 de la segunda reglamen-
tación de la ley del 26 de junio de 1935, se es-
tablece que los miembros del Servicio del Tra-
bajo por el Reich, en el momento de incorpo-
rarse, deben prestar el siguiente juramento:
«Juro prestar fidelidad escrupulosa al je-
fe del Reich y del pueblo alemán Adolfo
Hitler; prestar obediencia incondicional a
él y a los dirigentes por él nombrados,
cumplir con conciencia mis obligaciones de
servicio y ser un buen camarada para con
todos los pertenecientes al Servicio del Tra-
bajo por el Reich».
Aun cuando el Servicio del Trabajo no man-
tiene ninguna subordinación O dependencia di-
recta con el Frente Alemán del Trabajo, cons-
tituye, sin embargo, una organización que como
todas las de su género actúa en el país, con
arreglo a normas impartidas desde Alemania.