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150 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
creencias contrarias a los principios esenciales y a
los preceptos de la Constitución y leyes del país.
(artículo 40 del decreto del Superior Gobierno de 9
de mayo úlitmo).
11 - Sólo rendirán examen de fin de curso los
alumnos de las escuelas particulares de la jurisdic-
ción del Honorable Consejo (Capital y territorios na-
cionales).
39 —Disposiciones sobre funcionamiento de escuelas
fiscales ubicadas en medios donde predomina po-
blación extranjera.
a) La Inspección General de Territorios presen-
tará antes del 30 de octubre próximo la nó-
mina de escuelas nacionales que funcionan en
lugares donde exista mayoría de pobladores
extranjeros, acompañando la organización de
la escuela y la guía escolar;
b) En su acción educativa estas escuelas inten-
sificarán la enseñanza de historia y geografía
nacional, idioma castellano y moral e instruc-
ción cívica, con sujeción al plan de estudios
y atendiendo las características de la pobla-
ción. Las inspecciones respectivas darán ins-
trucciones p ertinentes, las que serán consig-
nadas en el libro de inspección de la es-
cuela;
c) Las fiestas patrias serán conmemoradas espe-
cialmente, invitando al vecindario y a las au-
toridades, tratando de evitar que la exaltación
de nuestro patriotismo pueda herir la suscep-
tibilidad de la población extranjera, por el
contrario, se inculcará entre los niños des-
cendientes de padres argentinos y extranjeros
un afecto recíproco y el mayor respecto por
todas las nacionalidades;
ch) Deberá estimularse la asistencia y cuando la
concurrencia de alumnos se resiente por razo-
nes de distancia, los inspectores propondrán
urg entemente las medidas encaminadas a sal-
var esa dificultad;
d) En los casos de licencia del personal de estas
escuelas, por períodos mayores de ocho días,
los inspectores seccionales quedan facultados
para designar suplentes;
e) La inspección fiscalizará asiduamente el fun-
cionamiento de estas escuelas a efecto de
orientar la enseñanza y comprobar los resul-
tados obtenidos, informando ampliamente al
superior. Al finalizar el curso escolar el ins-
4. pector informará, en capítulo aparte, sobre
la obra cumplida por las escuelas que actúan
en lugares donde existe mayoría de poblado-
res extranjeros;
f) Las inspecciones al formular propuestas de
nombramientos, o movimiento de personal di-
rectivo o docente, tendrán especialmente en
cuenta a los maestros argentinos nativos y de
estado casado (si es varón);