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10	                     CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION

                                   embajada, comprendidos sueldos, alquileres y
                                   demás erogaciones.
                                     Consultado el Banco Central de la República
                                   acerca de la utilización del fondo proveniente
                                   del intercambio comercial por parte de la Emba-
                                   jada de Alemania, el banco observó que según
                                   «las disposiciones del convenio vigente, el  cita-
                                   do saldo debería ser utilizado exclusivamente
                                   por Alemania para la adquisición de productos
                                   argentinos, pero que, por el momento, no exis-
                                    tía la posibilidad de que pudieran efectuarse ex-
                                    portaciones a dicho país».
                                     No obstante esa circunstancia, se accedió al
                                    pedido formulado por Alemania y, en virtud
                                    de la autorización conferida, la Embajada de
                                    Alemania dispuso del saldo favorable del inter-
                                    cambio en forma parcial, pues se limitó a la
                                    suma de 884.600 pesos, necesarios para cubrir
                                    sus gastos normales.
                                      Al mismo tiempo, para reintegrar al gobierno
                                    argentino los gastos realizados por éste con
                                    motivo de la internación de los marinos del
                                    «Graf Spee», se le transfirieron en mayo de 1940
                                    752.000 pesos. Esta suma no pasó por las cuen-
                                    tas de la embajada y no debe computarse en
                                    ningún caso como erogación de la misma.
                                      No hay necesidad de destacar la irregulari-
                                    dad que comporta el hecho de utilizar sumas
                                    que deberían destinarse a la adquisición de
                                    productos argentinos—de acuerdo con los térmi-
                                    nos expresos del referido convenio de compen-
                                    sación— en fines totalmente extraños a aquel
                                    propósito.
                                    Utilización del saldo del intercambio.

                                      La suma de 4.645.900 pesos que forma parte
                                    de los recursos de la embajada, según ya lo
                                    dijimos, proviene de las cuentas en pesos moneda
                                    nacional que mantienen en distintos bancos de
                                    la plaza las casas bancarias de Berlín denomi-
                                    nadas Reichbank, Deutsche Ueberseeische Bank
                                    y Deutsche Suedamerikanische Bank, transfe-
                                     ridos a la orden de la embajada. De dichas
                                     cuentas, que importaban 7.583.400 pesos, se ha
                                     transferido a la orden de la embajada y se halla
                                     depositada en las distintas cuentas con que ésta
                                     opera en el Banco Germánico de la América del
                                     Sud y en el Banco Alemán Transatlántico, la
                                     mencionada suma de 4.645.900 pesos. Esta suma,
                                     de acuerdo con las informaciones suministradas
                                     por el Banco Central de la República, procede
                                     de firmas comerciales y de particulares del país
                                     o del exterior que depositan fondos con el pro-
                                     pósito de realizar pagos en Alemania y repre-
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