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CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 75
LA CIUIADANIA ARGENTINA Y EL
NAZISMO
Para afiliarse a la Unión Alemana de Gremio
no se impone más requisito, conforme con la
letra de sus estatutos, que ser de nacionalidad
alemana o descendiente de alemanes, sin que se
aluda, en esas disposiciones, al credo religioso,
profesión u orígenes raciales de sus miembros.
Empero, para pertenecer a la entidad, es ne-
cesario ser ariogermano cien por cien. Como se
verá, el menor indicio de impureza racial o de
simple sospecha, es motivo más que suficiente
para ser radiado de sus filas, y así cualquier
súbdito alemán radicado en el país aunque re-
úna las exigencias raciales, si se decide por la
ciudadanía argentina, sería también excluido de
sus filas inexorablemente.
Esa intolerancia racial y el criterio excluyente
de selección de sus miembros, no persigue otra
finalidad que la de resistir toda asimilación al
país, obstaculizando toda tentativa de los obreros
y empleados alemanes para identificarse, políti-
ca y socialmente, con nuestras instituciones.
Algunos casos concretos sobre exigencia racial
Fué motivo de especial preocupación de la
comisión, al analizar las numerosas fichas de
afiliación canceladas, conocer las causas que
originaron tal medida. Y se ha encontrado que:
Mundloch Julius, nacido el 7 de agosto de
1897 en Yugoeslavia, divorciado, adherido
al grupo local, profesión mozo, se le cancela
su afiliación. En las observaciones especiales
se consigna que «se su pene que es judío,
entregó el certificado de ser ario». No obs-
tante, fué expulsado.
Lówenthal Heinz, nacido el 6 de enero