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ESTABLECIMIENTOS  prr.or cualquier despeidecto nr la, nsáqodrsau o útiles que  ro',, no serio admrudos ni tolerados, si no son justi-
                             ficados.
 drba emplear si estos ev osluvieren en condiciones riot'
 KLOCKNER  Aollou.lo 7.°—Cualquier indisposición que sufra el obrero.  rtieulo 17. o—La falta de nsrstencia al trabajo durante 48
 nrolos para el trabajo.	-
                             horas corrsecuticas sin causa justificada, será considerada
                             de baja al obrera
 superioras, En caso de accidente de trabajo,por iesug.
 OOIEOAO ANÓNIMA INDUSTRIAL ARGENTINA  deberá ponerla en conocimiento innsadiatamenfe e Sta  como abandono del trabajo y la Oficina de Personal dará
 nificante que éste sea, quedan obligados los obreros a
                             ca atrihuirsb la reprcsRt3tfltpou colectivos para
 923-BELGRANO83I	 FÁunico, EMPEORADO 2449  presentarse irurediatamente a la sala de primeros auxilios  1táica19 LLS—'rt'Jo es pçrrniticln a ningún obrero de la fábri-
 de la fábrica; si así no lo hicieren perderán su derecho
                             cu.dqucrclasrrdr geslion
 U. 1', 85-544'	  U. T. e0-320r  a indemnización.  Aticslal,°.—Qundaterminantemente prohibido para todo
 REGLAMENTO GENERAL Df TRABAJO  Articulo 8.°—El obrero accidentado no podrá reanudar su  el personal el fomento o provocación a desorden o huelga.
 trabajo hasta que no presente a la oficina de personal
 el cnrtif:cado del médico de la compañia de seguros, por  Articulo 2O.c.a,eda  terminantemente prohibido fumar du-
                             rante las horas de trabajo
 Artículo 1 0—Son requisitos indispensables para ingresar a  el que pruebe haber sido dado de alta.
 trabajar en Establecimientos Klvckeer S A al Cedulu  Articulo 9.°—Es obligación ineludible para todo obrero que  Articulo 21,°—Todo obrero queda obligado a comunicar por
                             escrito a la Oficina de Personal sus cambios de domicilio
 de Identidad de la Capital Federal, bI Certificado de  trabaje en la piedra esmeril, cortafierro, soldadura autó-  Serán reputadas válidas todas las comunicaciones que la
 gena  y eléctrica, pintura y pulidoras, usar el protector
 conducta expedido por la Policia de lata
 U= na fotografía de 404 cros di CcrfPdavs de  de ojos que será entregado gratuitamente por el Almacén.  Empresa haga a sus obreros en el último domicilio indi-
 cT U
                             cada por éstos
 Artículo lO.°—Querila terminantemente prohibido o los obro-
 dos      ros sacar hierros, herrajes, molduras, etc. sin vale co-_.  Aet)alo Z2.°—El período de aprendizaje será fijado por a
 	personas
 responsabil icen  rrespondiente firmado por el capataz do la Sección.  Dirección da la fábrica
 juicios que pueda ocasionar durante su empleo.  Pura llenar cualquier material fuera de la fábrica deberá  Articulo 23,°—La Gerencia se reserva el derecho da esta-
 sentar certifidddlddn buena salud, que será uturgado poi  requerirse previamente una autorización de la Gerencia.  blecer turrroo, modificarlos, cambiarlos a su entero arbi-
 er'r.lÁco ,la,Ceaañia  Incurre en conlravcnción cíe este articulo  CI obrero que  t'tin, como asimismo a establecer ruecas forrnrar,t'16ó9Cí"
 AuticolO 2°—El horario de trabajo será el sigarento; Por  teniendo Conocimiento directo de un hecho que contra-  de trabajo.
 la mañana de 7 a It huras y por lo tarde de 12.30 u  venga las presentes disposiciones no lo haga conocer de  Articulo 24 0—Son causas inmediatas de despido por culpa
 17 horas, con excepción de los sábados que será de 7 a  inmediato a sus superiores  del obrero la transgresión a cualquiera de las disposicio-
 II horas. Para los menores el horario será por la rna.  Artículo 1 l.°.—Ninguna persona de la fábrica, obrero o em-  nes de loo articules 5, 16, 17. 18, 19 y 20. corno tam
 'Prona de 7 a II horas y-por la t4t'de ele 13 a 15 horas.  pleado, podrá entrar o quedar en la misma fuera del ho-  bién la falsedad de la causa invocada por la falta de
 y los sábados, por la mañana de i.a.l 1 horas.  rario fijado para ello, salvo permiso especial  asistencia que determina el art  40  En los demás cosos
 Artículo 3 0—Todo e' personal obreño 4ebe concurrir el tra-  Articulo 12.°—Qaeda prohibido a los obreros penetrar en  se procederá igualmente al despido sin preaviso y sin
 bajo en las horas fijadas en'el horatio del articulo ante-  sitios no habilitados dentro de la fábrica o permanecer  indemnización cuando se haya incurrido por segunda vez
 rior Cada obrero debe marcar su tarjeta en el reloj con-  en lugares no destinados para su trabajo  en transgresiones a este reglamento
 trol a la entrada y salida del trabufo-, transcurridos dos  Artículo 13.0—Queda prohibido desmontar correas, limpio,  ArtIculo 25.°—.Coando las transgresiones sean de ilnparlari.
 minutos después de la hora de,'eeitrada, queda prohibida  engranaj es o partos movibles de las rnáqiaieau, estandu  cia relativa y a juicio' de la Gerencia no merezcan des-
 la concurrencia a la fábrica  éstas en movimiento  pido, serán penadas con suspensiones de uno a noventa
 Aptictlo 4°—Toda falta de asistencia deberá ser justificada  Articulo 14. 0—Qaeda prohibida la introducción de bebidas,
 'la Oficina de Personal antes de pasada una hora de la  alcohólicas a la fábrica  Articulo 26.0 —Al retirorse el obrero de la fábrica tiene la
 iniciación del turno correspondiente  Articulo 15.°r—Quedn prohibido y será nro-tice de despido  cbligación die entregar las herramientas que haya recibido.
 Artícu1 ,,j 0 .__ldaií2i or'e a que trabaja en la fábrica o fuera  cualquier embargo sobre lrnalrs, sienrpre que no   Articulo 27°—todos los obreros tienen derecho a formular
 'r'"ella póuenta y orden del Establecimirnt  levantado dentro de los 30 dios de recibida la cvlili-  consultas relacionadu con este Reglamento La Oficina
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 ¿Espetar 9Zncer todas las órdenns_quU  ¿e Personal las atenderá fuera de las horas de trabajo:
 emanen de   us	superiorns,tumo igualmente a respetar y  Articulo l6.°—Estác prohibidas las dilaciones al trabajo  las consultas serán individuales y deberán formularon per-
 considerar a sus propios compañeros dn tareas  daños voluntarios a éste o a los materiales empleados.  sonalmente por el interesado
 Articulo 6.°—Es  obligación importante de todo obrero co-  en el caso de que la dilación o el daño sean irivulunta.
 municar con toda la urgencia posible a su inmediato su.  Cuecas Aira, la Julia crer.
 (Ver página 94)
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