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ESTABLECIMIENTOS prr.or cualquier despeidecto nr la, nsáqodrsau o útiles que ro',, no serio admrudos ni tolerados, si no son justi-
ficados.
drba emplear si estos ev osluvieren en condiciones riot'
KLOCKNER Aollou.lo 7.°—Cualquier indisposición que sufra el obrero. rtieulo 17. o—La falta de nsrstencia al trabajo durante 48
nrolos para el trabajo. -
horas corrsecuticas sin causa justificada, será considerada
de baja al obrera
superioras, En caso de accidente de trabajo,por iesug.
OOIEOAO ANÓNIMA INDUSTRIAL ARGENTINA deberá ponerla en conocimiento innsadiatamenfe e Sta como abandono del trabajo y la Oficina de Personal dará
nificante que éste sea, quedan obligados los obreros a
ca atrihuirsb la reprcsRt3tfltpou colectivos para
923-BELGRANO83I FÁunico, EMPEORADO 2449 presentarse irurediatamente a la sala de primeros auxilios 1táica19 LLS—'rt'Jo es pçrrniticln a ningún obrero de la fábri-
de la fábrica; si así no lo hicieren perderán su derecho
cu.dqucrclasrrdr geslion
U. 1', 85-544' U. T. e0-320r a indemnización. Aticslal,°.—Qundaterminantemente prohibido para todo
REGLAMENTO GENERAL Df TRABAJO Articulo 8.°—El obrero accidentado no podrá reanudar su el personal el fomento o provocación a desorden o huelga.
trabajo hasta que no presente a la oficina de personal
el cnrtif:cado del médico de la compañia de seguros, por Articulo 2O.c.a,eda terminantemente prohibido fumar du-
rante las horas de trabajo
Artículo 1 0—Son requisitos indispensables para ingresar a el que pruebe haber sido dado de alta.
trabajar en Establecimientos Klvckeer S A al Cedulu Articulo 9.°—Es obligación ineludible para todo obrero que Articulo 21,°—Todo obrero queda obligado a comunicar por
escrito a la Oficina de Personal sus cambios de domicilio
de Identidad de la Capital Federal, bI Certificado de trabaje en la piedra esmeril, cortafierro, soldadura autó- Serán reputadas válidas todas las comunicaciones que la
gena y eléctrica, pintura y pulidoras, usar el protector
conducta expedido por la Policia de lata
U= na fotografía de 404 cros di CcrfPdavs de de ojos que será entregado gratuitamente por el Almacén. Empresa haga a sus obreros en el último domicilio indi-
cT U
cada por éstos
Artículo lO.°—Querila terminantemente prohibido o los obro-
personas
dos ros sacar hierros, herrajes, molduras, etc. sin vale co-_. Aet)alo Z2.°—El período de aprendizaje será fijado por a
Dirección da la fábrica
responsabil icen
juicios que pueda ocasionar durante su empleo. rrespondiente firmado por el capataz do la Sección. Articulo 23,°—La Gerencia se reserva el derecho da esta-
Pura llenar cualquier material fuera de la fábrica deberá
sentar certifidddlddn buena salud, que será uturgado poi requerirse previamente una autorización de la Gerencia. blecer turrroo, modificarlos, cambiarlos a su entero arbi-
er'r.lÁco ,la,Ceaañia Incurre en conlravcnción cíe este articulo CI obrero que t'tin, como asimismo a establecer ruecas forrnrar,t'16ó9Cí"
AuticolO 2°—El horario de trabajo será el sigarento; Por teniendo Conocimiento directo de un hecho que contra- de trabajo.
la mañana de 7 a It huras y por lo tarde de 12.30 u venga las presentes disposiciones no lo haga conocer de Articulo 24 0—Son causas inmediatas de despido por culpa
17 horas, con excepción de los sábados que será de 7 a inmediato a sus superiores del obrero la transgresión a cualquiera de las disposicio-
II horas. Para los menores el horario será por la rna. Artículo 1 l.°.—Ninguna persona de la fábrica, obrero o em- nes de loo articules 5, 16, 17. 18, 19 y 20. corno tam
'Prona de 7 a II horas y-por la t4t'de ele 13 a 15 horas. pleado, podrá entrar o quedar en la misma fuera del ho- bién la falsedad de la causa invocada por la falta de
y los sábados, por la mañana de i.a.l 1 horas. rario fijado para ello, salvo permiso especial asistencia que determina el art 40 En los demás cosos
Artículo 3 0—Todo e' personal obreño 4ebe concurrir el tra- Articulo 12.°—Qaeda prohibido a los obreros penetrar en se procederá igualmente al despido sin preaviso y sin
bajo en las horas fijadas en'el horatio del articulo ante- sitios no habilitados dentro de la fábrica o permanecer indemnización cuando se haya incurrido por segunda vez
rior Cada obrero debe marcar su tarjeta en el reloj con- en lugares no destinados para su trabajo en transgresiones a este reglamento
trol a la entrada y salida del trabufo-, transcurridos dos Artículo 13.0—Queda prohibido desmontar correas, limpio, ArtIculo 25.°—.Coando las transgresiones sean de ilnparlari.
minutos después de la hora de,'eeitrada, queda prohibida engranaj es o partos movibles de las rnáqiaieau, estandu cia relativa y a juicio' de la Gerencia no merezcan des-
la concurrencia a la fábrica éstas en movimiento pido, serán penadas con suspensiones de uno a noventa
Aptictlo 4°—Toda falta de asistencia deberá ser justificada Articulo 14. 0—Qaeda prohibida la introducción de bebidas,
'la Oficina de Personal antes de pasada una hora de la alcohólicas a la fábrica Articulo 26.0 —Al retirorse el obrero de la fábrica tiene la
iniciación del turno correspondiente Articulo 15.°r—Quedn prohibido y será nro-tice de despido cbligación die entregar las herramientas que haya recibido.
Artícu1 ,,j 0 .__ldaií2i or'e a que trabaja en la fábrica o fuera cualquier embargo sobre lrnalrs, sienrpre que no Articulo 27°—todos los obreros tienen derecho a formular
'r'"ella póuenta y orden del Establecimirnt levantado dentro de los 30 dios de recibida la cvlili- consultas relacionadu con este Reglamento La Oficina
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¿Espetar 9Zncer todas las órdenns_quU ¿e Personal las atenderá fuera de las horas de trabajo:
emanen de us superiorns,tumo igualmente a respetar y Articulo l6.°—Estác prohibidas las dilaciones al trabajo las consultas serán individuales y deberán formularon per-
considerar a sus propios compañeros dn tareas daños voluntarios a éste o a los materiales empleados. sonalmente por el interesado
Articulo 6.°—Es obligación importante de todo obrero co- en el caso de que la dilación o el daño sean irivulunta.
municar con toda la urgencia posible a su inmediato su. Cuecas Aira, la Julia crer.
(Ver página 94)
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