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CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION	                         121

                                                              6--Que a partir de mayo de 1938 se in-
                                                            tensifica la acción fiscalizadora del Consejo
                                                            Nacional de Educación, —practicada hasta
                                                            ese entonces de manera formal— en las es-
                                                            cuelas particulares extranjeras;
                                                              7'—Que si bien se ha dispuesto la clau-
                                                            sura del curso de idioma de la «Goethe
                                                            Schule» de Buenos Aires y de algunas es-
                                                            cuelas del interior del país, aún están pen-
                                                            dientes de resolución los expedientes análo-
                                                            gos de la «Humboldt Schule» y «Ludwig
                                                            Uhland Schule», ambas de esta Capital;
                                                            8—Que el contralor oficial de las escuelas
                                                            extranjeras acusa lentitud en el trámite
                                                            previo a la autorización o denegatoria de-
                                                            finitiva para el funcionamiento de las mis-
                                                            mas, deficiente valorización técnica de los
                                                            textos escolares utilizados y demora en las
                                                            resoluciones de los casos investigados;
                                                              9—Que el funcionamiento de las escue-
                                                            las particulares italianas, si no entrañan por
                                                            el momento el mismo peligro que denuncia
                                                            el de las alemanas, debe ser objeto de es-
                                                            pecial atención por parte de las autorida-
                                                            des escolares;
                                                              10—Que es urgente la sanción de leyes
                                                            que reglamenten el carácter de la enseñanza
                                                            en idioma extranjero, condicionándola den-
                                                            tro dé las bases sugeridas por la Comisión, y
                                                            la autorización de créditos para desarrollar
                                                            un plan orgánico de construcciones de edifi-
                                                            cios escolares y destinados a crear o refor-
                                                            zar las dependencias técnicas de inspección
                                                           educacional;
                                                              11—Que es asimismo indispensable que
                                                            los poderes públicos procuren por todos los
                                                            medios a su alcance mejorar las condicio-
                                                            nes sociales y económicas de la población,
                                                           especialmente la del interior del país, y se
                                                           amplíen los beneficios de la ayuda a la in-
                                                           fancia escolar dando preferencia a la niñez
                                                           de los territorios nacionales.
                                                                    Raúl Darnonte Taborda. - Juan
                              (	                                     Antonio Solar¡. - Adolfo Lanús.
                                                                     - Silvano Santander. - José
                                                                      Aguirre Cámara. - Guillermo
                              \	                                                - Fernando de Prat
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