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                                CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
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                             confirmación por la jefatura de distritos de la
                             organización extranjera del Frente Alemán del
                             Trabajo». Con respecto al monto de las cuotas
                             mensuales (Capítulo IX) se prescribe que «los
                             aportes de los asociados en el extranjero del
                             Frente Alemán del Trabajo serán graduados de
                             acuerdo a sus ingresos. Se cobrará en la mone-
                             da del correspondiente país». Para todos los
                            países se fijan aportes uniformes. Las categorías
                             de cotizantes llegan a 12, clasificación análoga
                            a la que tiene actualmente la Unión Alemana
                            de Gremios con la leve modificación en la no-
                            menclatura de la categoría segunda que no fi-
                            gura la Juventud Hitlerista (H. J.), pero en
                            cambio figura con la denominación de A. J.
                            «El monto de los aportes se fija por las entradas
                            globales por mes, estipulándose para cada país
                            de acuerdo con su standard de vida.  La gradua-
                            ción de aportes válida para cada país será pu-
                            blicada en impreso aparte por la organización
                            extranjera del Frente Alemán del Trabajo. Los
                            profesionales libres, representantes, comisionis-
                            tas y otros, deben calcular sus ingresos de
                            acuerdo al término medio mensual del último
                            año.»


                                Misión del Frente Alemán del Trabajo

                              Al referirse a la misión que compete a esta
                            organización hacia sus asociados en el extran-
                            jero (Capítulo XII), se determinan que la co-
                            munidad popular reunida en el Frente Alemán
                            del Trabajo considera su deber ayudar a sus
                            asociados que se hallen necesitados por fuerza
                            mayor en la medida que lo permitan los me-
                            dios. Aparte del hecho mismo que imparte una
                            solicitud de ayuda debe tenerse la seguridad
                            que, al acordarse la correspondiente ayuda, esta
                            no contradiga el sentimiento social de la co-
                            munidad popular.
                              El Frente Alemán del Trabajo ha creado los
                            siguientes organismos de ayuda: a) subvención
                            a desocupados y enfermos; b) ayuda en casos
                            de fallecimientos; e) ayuda en caso de necesi-
                           dad accidental; d) coayuda pro matrimonio y
                            e) ayuda para las víctimas de accidentes de
                            trabajo. La solicitud de ayuda podrá ser dene-
                            gada o acordada con decisión definitiva por la
                            organización extranjera del Frente Alemán del
                           Trabajo. La reclamación judicial contra esta
                           decisión se excluye terminantemente.
                             Siguen, luego, disposiciones detalladas sobre
                           diversos aspectos de la organización, tales comó
                           subsidios, reingresos, etcétera, que se encuen-
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