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CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION	                          113

                                       canos y tener como órgano oficial, el editado
                                      por el Frente Alemán del Trabajo: «El Alemán
                                      en la Argentina»;
                                         69 - Que por medio de delegados de empresas
                                       y otros agentes auxiliares la Unión Alemana
                                       de Gremios mantiene un sistema de exacciones
                                       en los establecimientos industriales y comercia-
                                       les de esta nacionalidad, infringiendo las dis-
                                      posiciones de la ley número 11.278, de pago
                                      de salarios en moneda nacional;
                                         7 - Que es incuestionable su vinculación con
                                      la Embajada de Reich, cuyo personal, en su
                                      inmensa mayoría, revestido o no de inmunida-
                                      des diplomáticas, está inscripto como socio ac-
                                      tivo de la Unión Alemana de Gremios y man-
                                      tiene relaciones de carácter económico;
                                        8 - Que las estrechas relaciones de esta
                                      organización con entidades del exterior, particu-
                                      larmente con el Banco del Trabajo del Reich,
                                       e ha comprobado por los giros hechos en di-
                                      versas oportunidades de sumas crecidas de di-
                                      nero, destinadas a fines que se desconocen y
                                      menos su concepto, habiendo recibido, además,
                                      de la Embajada de Alemania, fondos sin discri-
                                      minarse su destino o motivos;
                                        9? - Que, ante la reiterada falsedad en que
                                      incurren las autoridades de la Unión Alemana
                                      de Gremios, cuando proporciona informaciones
                                      requeridas por las reparticiones públicas, es
                                      conveniente que el Departamento Nacional del
                                      Trabajo agote las investigaciones para docu-
                                      mentar la inexactitud de los datos que les fue-
                                      ron suministrados y aplique las sanciones a que
                                      hubiere lugar, no sólo por este hecho, sino por
                                      violaciones a las leyes reglamentarias del tra-
                                      bajo, debiendo los ministerios respectivos tomar
                                      conocimiento, a sus efectos, de la nómina de
                                      empleados, maestros y prelados que se denuncia
                                      en el presente informe;
                                        109 - Que ante las comprobaciones acumula-
                                      das corresponde que el Poder Ejecutivo inter-
                                      venga y disuelva la Unión Alemana de Gremios
                                      y aplique a sus dirigentes las medidas legales
                                      del caso, sin perjuicio que la Honorable Cá-
                                      mara, en la primera sesión que celebre, reitere
                                      su declaración del 16 de septiembre próximo
                                      pasado.

                                                  Juan Antonio Solar¡. - Guillermo
                                                    R. O'Reilly. - José Aguirreá-
                                                    mara. - Manuel CossioÇv












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