Page 355 -
P. 355
184 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
gélica Luterana y los fieles de este culto, funciona
desde mayo del año 1920 y sus cursos se dictan auto-
rizados por expedientes letra F. N 9 7.194, año 1935,
del Consejo Nacional de Educación y nota letra D.
N° 1.117, copiador N° 4, de la Inspección Seccional
de la citada Repartición.
59.—No existe otro personal que actúe como maes-
tros, a excepción de los que ejercen la dirección de
lar citadas escuelas.
69 —A la escuela luterana que dirige el pastor Gus-
tavo O. Kramer, concurren 25 alumnos, todos argen-
tinos y asisten a la escuela del Estado.
79—El carácter de la enseñanza que se imparte en
las escuelas de referencia, es la de divulgar el idio-
ma alemán y la religión luterana, en la de esta lo-
calidad, y la católica de la de Santa Teresa.
89—El subscripto considera que las escuelas del ti-
po de la que funciona en Santa Teresa, no son con-
venientes, pues lo único que se busca encubiertamen-
te y con el pretexto de la enseñanza de un idioma,
es conservar una unidad racial en detrimento de nues-
tra nacionalidad; se mantienen en un círculo cerrado,
conservando íntegramente sus costumbres e idiomas,
encontrándose numerosos componentes de esa colo-
nia, que, a pesar de llevar más de 20 años en el país,
no hablan el castellano. Con motivo de la venida de
un inspector del Ministerio de Justicia e Instrucción
P ública, presenté a un ciudadano argentino, de más
de 22 años que no había hecho la conscripción y que,
para enrolarse en el juzgado de paz local, necesitó
intérprete; preguntado algunos menores de 8 a 10
años, en algunas ocasiones, Que sos vos,, refirién-
dome a la nacionalidad, la contestación ha sido: .ruso-
alemán. Los padres de los alumnos que concurren
tanto a la escuela del Estado como a la alemana, con-
tribuyen con más de $ 100 mm. mensuales al mante-
nimiento de una escuela particular; en cambio, la
cooperadora para ayudar a la escuelas nacional no
llega a recolectar la cantidad de $ 20 m/n. por mes,
teniéndose en cuenta que ocho maestros y el emplea-
do encargado del destacamento de la colonia, son so-
cios de la cooperadora, con lo cual, prácticamente
la 'ayuda que se percibe por parte de los padres de
los niños que concurren a la escuela es nula, y si
envían a sus hijos a la del Estado, es solamente ante
el temor de ser compelidos por la fuerza. Por lo
expuesto, a juicio del subscripto, no deben de fun-
cionar otras escuelas que las dependientse del gobier-
no de la Nación.
Saludo a usted atentamente. - Alberto Díaz, comi-
sario de policía.